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Cómo llevar el control de horas extra en Colombia para recibir tu pago

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En un esfuerzo por fortalecer la protección laboral y garantizar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores, se han establecido nuevas directrices sobre el registro y pago de horas extra en Colombia. Estas disposiciones buscan asegurar que todas las jornadas adicionales efectivamente laboradas sean reconocidas, registradas y remuneradas conforme a lo estipulado por la legislación vigente.

La normativa exige a los empleadores llevar un control detallado de las horas laboradas por sus trabajadores fuera del horario regular. Este control deberá ser objetivo, confiable y verificable, permitiendo demostrar con claridad cuándo un empleado ha superado su jornada ordinaria y, por lo tanto, tiene derecho al pago de tiempo extra. El objetivo es evitar que las horas extraordinarias queden sin registro o sean ignoradas al momento de la liquidación.

Según lo establecido, el empleador debe utilizar sistemas de control que permitan capturar la hora real de ingreso y salida del trabajador, así como las pausas o descansos intermedios. Estos mecanismos pueden incluir tarjetas electrónicas, registros biométricos, aplicaciones digitales u otros medios tecnológicos que garanticen precisión. La información recolectada debe conservarse por lo menos durante tres años y estar disponible en caso de requerimientos de la autoridad laboral.

Además, la nueva reglamentación enfatiza que no es suficiente con que el trabajador permanezca en el lugar de trabajo fuera de su horario habitual. Para que las horas adicionales sean reconocidas como extra, deben haber sido expresamente autorizadas o demostrarse que fueron requeridas por el empleador, de manera directa o indirecta. Esto busca evitar abusos o interpretaciones arbitrarias sobre qué constituye una hora extraordinaria.

Los empleadores, por su parte, deberán diseñar procedimientos claros para la solicitud y aprobación de trabajo adicional. Esta autorización puede otorgarse de forma escrita, verbal o incluso tácita, si se demuestra que el empleador tenía conocimiento de la prolongación de la jornada y no se opuso a ello. En cualquier caso, la carga de la prueba recae principalmente sobre quien tiene el deber legal de registrar y pagar: el empleador.

La jornada laboral ordinaria en Colombia está fijada en un máximo de 48 horas semanales, distribuidas normalmente en turnos de 8 horas diarias. Todo tiempo trabajado por fuera de este marco, en días hábiles, se considera hora extra y debe pagarse con un recargo del 25%. Si el trabajo se realiza en horario nocturno o en días de descanso obligatorio, el recargo puede ascender hasta un 75% o incluso más, dependiendo del caso.

Esta regulación busca cerrar brechas que históricamente han permitido la evasión del pago de horas extra, especialmente en sectores donde la informalidad y la falta de supervisión han prevalecido. Asimismo, pretende reforzar el principio de equidad y proteger el bienestar físico y mental de los trabajadores, evitando jornadas excesivas que afecten su salud y vida personal.

El departamento de inspección del Ministerio de Trabajo tendrá la autoridad para comprobar el respeto a estas regulaciones. Si hay infracciones, las compañías podrían enfrentar sanciones monetarias significativas, las cuales variarán según la seriedad de la falta y la cantidad de empleados impactados.

Desde el ámbito sindical se ha valorado esta medida como un avance significativo hacia la claridad en el empleo, mientras que desde la perspectiva empresarial se acepta la necesidad de ajustarse a nuevos métodos de gestión que optimicen la trazabilidad y eviten disputas legales. Varias empresas ya han iniciado la inversión en tecnologías para automatizar este proceso y satisfacer los requisitos establecidos.

Por Araujo Gomes Igor